Constitución en Costa Rica – Sociedad Anónima – S.A.
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| Tipo de Sociedad | Tiempo de Constitución | Honorarios |
|---|---|---|
| SA | 4 semanas | £2000 |
Puntos clave de Costa Rica
- Sólo 4 semanas escala de tiempo para incorporar
- Una empresa requiere de 3 directores de SA
- No hay requisito de capital mínimo, sin embargo al menos el 25% del capital suscrito deberá ser abonado momento de la constitución
- Sólo dos accionistas requerido
- No hay requisito de capital mínimo
- No hay impuestos a pagar por una sociedad a los ingresos obtenidos fuera de Costa Rica
- Ponemos a su disposición toda su ayuda de expertos en todas las etapas del proceso de formación de la compañía
El Código Comercial de 1964 regula la creación de compañías, sociedades y fideicomisos.
Las leyes fiscales no discriminan entre operadores nacionales y extranjeros, por lo tanto no existe el concepto de excepción fiscal.
La Sociedad Anónima es la forma más popular de organización comercial en Costa Rica, y tiene las siguientes características:
- Al momento de constituir la sociedad se ha de contar con al menos dos accionistas. Posteriormente bastará con uno solo. Otra empresa también puede ser accionista.
- Las juntas de accionistas deberán llevarse a cabo anualmente y en cualquier parte del mundo, siempre y cuando lo permitan los Estatutos Sociales.
- No hay un monto mínimo obligatorio para el Capital Social, sin embargo al menos el 25% de las acciones emitidas deberá estar pagado al momento de registrar la sociedad
- Las acciones sin valor nominal o al portador no están permitidas, las acciones preferenciales sí.
La Sociedad Anónima debe tener un Domicilio Social, un Agente fiscal, un Representante legal y un mínimo de tres directores, residentes o no. De estos tres, es el Presidente quien tiene el poder de administrar la compañia. Las reuniones de directorio pueden llevarse a cabo en cualquier lugar si los estatutos lo permiten.
El Presidente es asistido por el Secretario y el Tesorero, y a diferencia de otras jurisdicciones su autoridad para actuar en representación de la compañía proviene del poder notarial que le otorgan los accionistas, donde se definirá lo que puede y no puede hacer. El Agente Fiscal es básicamente un contador y su obligación es vigilar a la Junta de Directores, reportando directamente a los accionistas. El Agente Fiscal y sus subordinados inmediatos no pueden formar parte del Directorio.
En total, han de mantenerse tres juegos de libros societarios. Uno para los directores, otro para los accionistas y otro que debe de guardarse en el Domicilio Fiscal.
El papeleo tributario es mínimo. La compañía deberá presentar una declaración fiscal independientemente de si debe o no pagar impuestos.
El tiempo de constitución es relativamente corto, siendo este de aproximadamente cuatro semanas. Como la tasa fiscal es proporcionalmente aplicable al capital emitido, se acostumbra mantener el valor del capital lo más bajo posible, para mantener los costos de constitución al mínimo.
Este tipo de sociedad es el equivalente costarricense a las corporaciones de Delaware, aunque este tenga una estructura algo más compleja.
Reuniones de Directorio
Las Reuniones de Directorio pueden ser convocadas por los accionistas. El Directorio cuenta con un Presidente quien representará legalmente a la empresa ante terceras partes y puede -o no- tener la representación legal sobre la corporación y sus activos. El Directorio también está conformado por el Secretario quien está encargado de los libros sociales y el Tesorero, encargado de las finanzas.
Accionistas
Deben ser por lo menos dos, y constituyen la cabeza de la empresa. De no existir una provisión específica en los Estatutos Sociales, se establecerá un procedimiento genérico – incluido en el Código de Comercio- para convocar a la Junta de Accionistas. Es por eso que es importante proveer al respecto al momento de la formación.
Fiscal
Un auditor, encargado de vigilar que se opere diligentemente, y con derechos especiales frente a cualquier oficina, documento o cargo -y capacidad de convocar a una Junta de Accionistas de emergencia- deberá ser elegido. Debiéndose establecer también la posibilidad de que tenga derecho a veto, o no.
Responsabilidad
La responsabilidad de los accionistas esta limitada a la cantidad con la cual se encuentran suscritos. El Presidente es responsable ante terceras personas por las obligaciones de la compañía.
Sociedades Preconstituidas
Usualmente toma un mes crear una compañía en Costa Rica. Sin embargo nosotros podríamos proveerle de una empresa previamente constituida para evitarle estos inconvenientes. Por favor contacte con nosotros para un listado de empresas disponibles y honorarios.





